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Reforma política: Los 12 proyectos del gobierno

Publicado: 2019-04-16

El 10 de abril de 2019, mediante el Oficio N° 092-2019-PR, dirigido al Presidente del Congreso de la República, Daniel Salaverry Villa, el Gobierno, representado por el Presidente de la República, Martín Alberto Vizcarra Cornejo, y el Presidente del Consejo de Ministros, Salvador Del Solar Labarthe, sometieron a consideración del Parlamento, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros doce Proyectos de Ley que plantean la Reforma Política del Estado peruano, y que fueron presentados al Poder Ejecutivo por parte de la Comisión de Alto Nivel para la Reforma Política, creada mediante la Resolución Suprema N° 228-2018-PCM, para que se sirva disponer su trámite con el carácter de urgente, según lo establecido por el artículo 105° de la Constitución Política: “(…) Tienen preferencia del Congreso los proyectos enviados por el Poder Ejecutivo con carácter de urgencia (…)”.   

Al respecto, considero oportuno hacer una breve síntesis de los doce Proyectos de Ley que plantean la Reforma Política (reproduciendo la parte más importante de estos), los mismos que analizaré con mayor detalle en las próximas columnas.

Primer Proyecto: Ley de Reforma Constitucional para promover la gobernabilidad y fortalecer la democracia (PL 4185/2018-PE), que busca regular mejor las relaciones entre el Ejecutivo y Legislativo y evitar que los conflictos escalen, modificando mecanismos como la insistencia, cuestión de confianza, entre otros, con la finalidad de obtener una democracia renovada para el bicentenario.

Segundo Proyecto: Ley que modifica la Ley Orgánica de Elecciones respecto al Sistema Electoral Nacional (PL 4186/2018-PE), que busca mejorar la institucionalidad del Sistema Político (Sistema de Partidos), fortalecer la representatividad de las minorías dentro del Legislativo, y optimizar los procesos electorales.

Tercer Proyecto: Ley que modifica la Ley de Organizaciones Políticas sobre la Democracia Interna y promoción de la participación ciudadana en el proceso de selección de candidatos (PL 4187-2018-PE), que busca establecer el sistema de elecciones internas abiertas a la participación ciudadana en el Perú, en tanto permite que la decisión de qué candidaturas presentar por las organizaciones políticas salga del ámbito de su dirigencia y de un número reducido de militantes, y las acerca a las preferencias de los ciudadanos.

Cuarto Proyecto: Ley que modifica la Ley de Organizaciones Políticas, la Ley de Elecciones Regionales, y la Ley Orgánica de Elecciones sobre inscripción y cancelación de partidos políticos y organizaciones políticas regionales (PL 4188-2018-PE), que busca la modificación y optimización de los requisitos para la inscripción y las causales para la cancelación de organizaciones políticas para optimizar el Sistema Político y disminuir el ingreso de personas que solo buscan un lucro a costa del Estado; ya que al contar con autoridades que pertenecen a organizaciones políticas bien estructuradas se reduce la posibilidad de que se presenten estos actos de corrupción.

Quinto Proyecto: Ley que modifica la Ley de Organizaciones Políticas y la Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas por el delito de cohecho activo transnacional sobre financiamiento de las organizaciones políticas (PL 4189-2018-PE), que busca proponer una adecuada vía para que se canalicen los recursos económicos para las organizaciones políticas y las campañas electorales, así como reducir las desigualdades en la captación de recursos, y los riesgos de la vulnerabilidad de las organizaciones políticas ante las fuentes del dinero ilícito. Por último, se busca crear mecanismos más efectivos para la supervisión de fondos partidarios, incrementando y ampliando las sanciones contra las organizaciones que violan la Ley.

Sexto Proyecto: Ley de Reforma Constitucional sobre los impedimentos para ser candidato a cargos de elección popular (PL 4190-2018-PE), que busca evitar la postulación de candidatos con procesos pendientes por delitos dolosos graves y sentencia en primera instancia, se trata de contribuir a la oferta de candidatos idóneos, ya que muchas veces los ciudadanos desconocen de estos procesos judiciales cuando votan y sólo toman conocimiento de ellos cuando el candidato es electo, con lo cual dicha autoridad elegida puede utilizar el poder para dilatar y/o entorpecer el proceso judicial.

Séptimo Proyecto: Ley que modifica la Ley Orgánica de Elecciones y Ley de Elecciones Regionales sobre los impedimentos para ser candidato a cargos de elección popular (PL 4191-2018-PE), que busca promover la participación de candidatos más idóneos para los cargos públicos representativos: presidente y vicepresidente de la República, congresistas, gobernador regional y alcaldes provinciales y distritales, a fin de que las personas más probas asuman dichos cargos.

Octavo Proyecto: Ley de Reforma Constitucional sobre el contenido y alcances de la Inmunidad Parlamentaria (PL 4192-2018-PE), que busca eliminar incentivos para que la Inmunidad Parlamentaria sea percibida como impunidad, especialmente para quienes pretenden obtener representación política para evadir el proceso penal que tuvieran pendiente al momento de la elección, ya que estas conductas han generado un costo para el Congreso porque sus miembros deben dedicar horas de trabajo para fundamentar lo que es evidente: la ausencia de persecución política. Esta medida es parte de aquellas que tiene por objetivo restablecer la confianza de la ciudadanía en la política.

Noveno Proyecto: Ley que modifica la Ley Orgánica de Elecciones sobre facilidades para el sufragio de la población en condiciones especiales, precisando el principio de neutralidad y garantizando una mejor gestión del proceso electoral (PL 4193-2018-PE), que busca garantizar y facilitar el sufragio de los peruanos residentes en el extranjero, de las personas con discapacidad, de las personas internas en los establecimientos de salud, de las personas procesadas recluidas en los establecimientos penitenciarios, y de las personas que presentan condiciones especiales. Asimismo, busca precisar el principio de neutralidad y mejorar la gestión electoral: optimizando el proceso de instalación de mesas de sufragio y eliminando la denominada “Ley Seca”.

Décimo Proyecto: Ley que modifica la Ley de Elecciones Regionales y la Ley de Elecciones Municipales sobre el Sistema Electoral Regional y Municipal, respectivamente, (PL 4194-2018-PE), que busca mejorar, por un lado, la representatividad de los gobiernos regionales y locales y la gobernabilidad regional, mejorando con ello la legitimidad de estos gobiernos subnacionales, así como la del sistema político en su conjunto, eliminando la figura del domicilio múltiple, estableciendo la paridad de género con alternancia en las listas de candidatos al Consejo Regional y Consejo Municipal, implementando la cifra repartidora diferenciada para cuota indígena y aumentando el mandato de 4 a 5 años para gobernadores regionales y alcaldes provinciales y distritales.

Décimo Primero: Ley que modifica la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la Ley Orgánica de Municipalidades sobre la fiscalización y control por los Consejos Regionales y Consejos Municipales (PL 4195-2018-PE), que busca homologar las causales de vacancia y suspensión de gobernadores y consejeros regionales con las de los alcaldes y regidores, equiparar las causales de suspensión del cargo de autoridades subnacionales, e incrementar el poder del Consejo Regional y Consejo Municipal, respectivamente, a fin de que sirvan como una primera instancia de control (horizontal) del Ejecutivo subnacional (gobernador regional y alcalde, respectivamente), para mejorar la transparencia y luchar contra la corrupción.

Décimo Segundo: Ley de Reforma Constitucional sobre el periodo de mandato regional y municipal, aumentándolo de 4 a 5 años, respectivamente (PL 4196-2018PE), que busca primero, resolver el problema de la irregularidad y desorden del calendario electoral y sus efectos, pues se entiende que estos influyen en la desarticulación del sistema político nacional y subnacional y en la escasa territorialización de los partidos políticos nacionales, con ello se busca contribuir al fortalecimiento de las organizaciones políticas nacionales (partidos políticos) y subnacionales (organizaciones políticas regionales).



Escrito por

Rafael Rodríguez Campos

Abogado por la PUCP (Lima/Perú) Maestro en Derecho Constitucional por la UCLM (Toledo/España) Especializaciones en la UCLM y UNAM (México)


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